Y si aquel hombre no tuviere pariente al cual sea resarcido el daño, se dará la indemnización del agravio a Jehová entregándola al sacerdote, además del carnero de las expiaciones, con el cual hará expiación por él.
Leer capítulo completo →Pero si la persona perjudicada está muerta y no hay ningún pariente cercano a quien pagarle el daño, el pago le pertenece al Señor y deberá dárselo al sacerdote. Además, el culpable llevará un carnero como sacrificio por el pecado y será purificado y hecho justo ante el Señor.
Leer capítulo completo →Pero si la persona perjudicada no tiene ningún pariente, la compensación será para el Señor y se le entregará al sacerdote, junto con el carnero para expiación del culpable.
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